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Comunicado Nº2- Licitación M/34 Imprimir E-Mail
viernes, 03 de octubre de 2008

 

Mantenimiento por Niveles de Servicio y Obras de rehabilitación en Ruta 8 tramo: Minas (122k100) - Ruta 17 (287k900) y Ruta 17 tramo: Ruta 8 (287k700) – Aeropuerto (291k600).

I)    Al amparo de lo establecido en la cláusula 11, de la sección 1 - Instrucciones se procede a realizar las siguientes enmiendas:

        1- La apertura de la licitación de referencia, se prórroga para el día 9 de octubre del corriente a las 15:00 horas.

        2- Se modifica la cláusula 1.1.4 Señalización horizontal y vertical del Anexo 1 de la sección 7 – Especificaciones y Condiciones Técnicas quedando redactada de la siguiente forma:

1.1.4 Señalización horizontal y vertical

Para la realización de los trabajos, el Contratista se ajustará a lo establecido en las ETCM, Norma Uruguaya de Señalización y Especificaciones para el Equipamiento de Seguridad Vial.

El diseño y colocación de las defensas metálicas corresponderá a las láminas tipo N° 267 y 269 y especificaciones anexas.

La señalización vertical a ejecutarse deberá ser clase 1, de acuerdo a las especificaciones establecidas en la Norma Uruguaya de Señalización, Láminas Tipo DNV y ETCM. Sin perjuicio de lo expresado, el Contratista deberá ejecutar el proyecto de señalización vertical suministrado por el Concedente, pudiendo el mismo contener cambios frente a la señalización existente al comienzo de la obra. Estos trabajos se considerarán prorrateados en los rubros de obra.

El Contratista deberá hacerse cargo de la ejecución de todos los trabajos de señalización horizontal incluido el pre-marcado de eje, bordes y zonas de adelantamiento prohibido, así como el  proyecto de señalización horizontal. La DNV deberá aprobar los trabajos de pre-marcado previo a la ejecución definitiva de las marcas.

Los trabajos de señalización horizontal a ejecutarse en la obra de rehabilitación para el ítem se pagaran mediante los siguientes rubros.

 

3037                Línea de eje aplicada en frío                (m2)

3038                Borde aplicado en frío             (m2)

3039                Amarillo aplicado en frío                      (m2)

3040                Superficie aplicada en frío                    (m2)

 

 

 

 

 

 

3-      Se agrega a la cláusula 4 del Capítulo 1 Presentación de las Ofertas  de la sección 7 - Especificaciones y Condiciones Técnicas en lo referente a las obras de Rehabilitación de Pavimento los siguientes rubros:

 

GRUPO

RB

RUBRO

UNIDAD

CANTIDAD

PRECIO  UNITARIO

sin Impuestos

sin LLSS

MONTO

sin Impuestos

sin LLSS

MONTO

con Impuestos

sin LLSS

MONTO IMPONIBLE

LEYES SOCIALES

 

MONTO

con Impuestos

con LLSS

 

Rehabilitación de Pavimento

 

304

3037

Línea de eje aplicada en frío

m2

 

 

 

 

 

 

 

304

3038

 Borde aplicado en frío

m2

 

 

 

 

 

 

 

304

3039

Amarillo aplicado en frío

m2

 

 

 

 

 

 

 

304

3040

Superficie aplicada en frío

m2

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4-      Se agrega a la Sección 9 -Lista de cantidades en lo referente a las obras de Rehabilitación de Pavimento los siguientes rubros:

 

GRUPO

RB

RUBRO

UNIDAD

TOTAL

Rehabilitación de Pavimento

 

304

3037

Línea de eje aplicada en frío

m2

839

304

3038

 Borde aplicado en frío

m2

6710

304

3039

Amarillo aplicado en frío

m2

3355

304

3040

Superficie aplicada en frío

m2

300

 

 

 

5-      Se aclara que a los efectos del pago de las Obras de Arte mayor (Puente sobre el río Olimar enrocado de protección del cauce) rige lo siguiente:

 

Si durante el desarrollo de las Obras de arte mayor, surgen ajustes que ocasionan variaciones en las cantidades y por consecuencia en el monto de dicha obra se procederá de la siguiente forma:

 

Cuando se  prevé  que el metraje a ejecutar de un rubro de una obra supere el metraje previsto en el diseño, el Director de Obra en consulta con el Departamento de Gestión del Mantenimiento (en coordinación con el Departamento de Estructuras) analizará la situación, y autorizará, si corresponde, el pago de un metraje superior al previsto en el diseño.

 

Cuando el metraje efectivamente ejecutado de un rubro de una obra no supere el metraje de dicho rubro previsto en el diseño, se pagará el metraje efectivamente ejecutado.

 

 

6-      Se aclara que las Obras de Arte mayor (Puente sobre el río Olimar enrocado de protección del cauce) se realizarán durante el primer año del contrato (el periodo de duración de las mismas es de dos meses)  seleccionando el Contratista (en coordinación con el Director de obras) la fecha de comienzo de las obras.

 

 

7-      Se modifica la forma de pago establecida en la cláusula 1.5.1 Puente sobre el río Olimar enrocado de protección del cauce del Anexo 1 de la sección 7 - Especificaciones y Condiciones Técnicas quedando redactada de la siguiente forma:

 

Los trabajos comprendidos en esta cláusula se cotizarán por precios unitarios de acuerdo a los rubros y metrajes del cuadro siguiente.

 

GRUPO

RUBRO

DENOMINACIÓN

UNIDAD

METRAJE

9

217

Enrocado

ton

7000

 

8-      Se modifica la cláusula 4 del Capítulo 1 Presentación de las Ofertas  de la sección 7 - Especificaciones y Condiciones Técnicas en lo referente al pago de las obras de arte mayor quedando redactado de la siguiente forma:

 

GRUPO

RB

RUBRO

UNIDAD

CANTIDAD

PRECIO  UNITARIO

sin Impuestos

sin LLSS

MONTO

sin Impuestos

sin LLSS

MONTO

con Impuestos

sin LLSS

MONTO IMPONIBLE

LEYES SOCIALES

 

MONTO

con Impuestos

con LLSS

 

Rehabilitación de Pavimento

 

9

217

Enrocado

ton

 

 

 

 

 

 

 

 

9-      Se modifica a la Sección 9 -Lista de cantidades en lo referente al pago de las obras de arte mayor quedando redactado de la siguiente forma:

 

 

GRUPO

RB

RUBRO

UNIDAD

TOTAL

Rehabilitación de Pavimento

 

9

217

Enrocado

ton

7000

 

 

 

 

Por Corporación Vial del Uruguay S.A

 

 

 

Ing. Richard Serván

 

Modificado el ( martes, 07 de octubre de 2008 )
 
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